La CDMB tiene organos de dirección, encabezados por la Asamblea General o Asamblea Corporativa. Su organización se basa en Subdirecciones y sus respectivos grupos internos de trabajo que permiten una gestión efectiva y eficiente acorde a las necesidades y retos que se le encomiendan.
Asamblea Corporativa
La Asamblea General o Asamblea Corporativa, es el primer órgano de dirección de la Corporación. Está integrada por el Gobernador de Santander y los Alcaldes de los trece municipios que conforman el área de jurisdicción de la entidad. Este órgano de dirección, se reúne para Asamblea General en el transcurso de los dos primeros meses de cada año. De igual manera, se convocan Asambleas extraordinariamente, cuando así lo determine el Consejo Directivo, el Director General o el Revisor Fiscal.
Funciones de la Asamblea
- Aprobar el informe de Gestión de la Administración.
- Designar al Revisor Fiscal de la Entidad.
- Elegir para el Consejo Directivo a los dos representantes del sector privado y a los cuatros alcaldes de los municipios de su jurisdicción.
- Adoptar los estatutos de la Corporación y las reformas que se le introduzcan para someterlos a la aprobación del Ministerio del Medio Ambiente.
Consejo Directivo
El Consejo Directivo es el segundo órgano de dirección de la Dirección de la Corporación, conformado por el Gobernador de Santander, un representante de la Presidencia de la República, un representante del Ministerio del Medio Ambiente, los cuatro alcaldes elegidos por la Asamblea, dos representantes del sector privado y dos representantes de las Organizaciones no Gubernamentales. El Consejo Directivo se reúne generalmente una vez al mes.
Funciones del Consejo Directivo
- Determinar la estructura interna y sus modificaciones.
- Disponer la contratación de créditos externos.
- Aprobar el Plan General de actividades y el presupuesto anual de inversión.
Listado Miembros Consejo Directivo 2024
Dirección General
Titular: Juan Carlos Reyes Nova
Médico Veterinario Zootecnista
Tel: (607) 6346100 ext: 8001
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El Director General es el representante legal de la Corporación. Posee autonomía técnica para decidir sobre los programas y proyectos que ejecuta la Entidad de acuerdo a la Política Ambiental Nacional. El Director es elegido por el Consejo Directivo por un periodo de cuatro ( 4 ) años.
Funciones de la Dirección General
- Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la Corporación y ejercer su representación.
- Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo.
- Presentar para estudio y aprobación del Consejo Directivo los planes y programas que se requieran para el desarrollo de los obejtivos de la Entidad.
- Ordenar los gastos, dictar los actos y celebrar los contratos y convenios.
- Nombrar y remover al personal de la Entidad.
Subdirecciones
Subdirección De Ordenamiento Y Planificación Integral Del Territorio
Define las políticas ambientales regionales, que contribuyen al cumplimiento de los objetivos y funciones de la institución.Las labores de la Subdirección se enmarcan en procesos de planeación y asesoría para la preparación de programas y proyectos referentes al desarrollo ambiental, asociados con los distintos organismos y entidades pertenecientes al SINA y a los municipios de su jurisdicción para la definición de los planes de ordenamiento territorial; por tanto le compete entre otras funciones, Revisar y evaluar las propuestas de Plan de Ordenamiento Territorial presentadas por los Municipios del área de Jurisdicción de la Corporación, en los asuntos exclusivamente ambientales, de acuerdo a la ley 388/97, producir informe de revisión y evaluación del documento y el proyecto de acuerdo de aprobación del POT; Concertar con el el Municipio los resultados de la evaluación contenidos en el informe de revisión y una vez realizados los ajustes y revisados a conformidad, elaborar la resolución de aprobación del POT.
Igualmente dirige: la formulación de los instrumentos de planeación para el ordenamiento ambiental del territorio y el establecimiento de áreas naturales protegidas y el diseño de sus planes de manejo; la formulación de los planes de Ordenamiento y manejo cuencas; la formulación de los sistemas de gestión ambiental municipal, para identificar y priorizar proyectos ambientales con los entes territoriales y posibilitar la concurrencia en su financiación; el desarrollo del Sistema Básico de Información Municipal, como instrumento para hacer seguimiento a la evolución de los municipios de la jurisdicción en los aspectos ambientales, sociales, económicos e institucionales y la actualización del Sistema de Información Ambiental de la Corporación, como instrumento soporte de los procesos de planeación, ejecución, monitoreo y control.
En cuanto al sistema de información ambiental, a esta Subdirección le corresponde desarrollar las aplicaciones de carácter técnico ambiental en sus etapas de análisis (modelo de datos), diseño (determinación de requerimientos), selección y estructuración de información, desarrollo, implantación, pruebas, capacitación, ajustes y documentación; asesorar a las diferentes dependencias de la CDMB en el levantamiento de información ambiental alfanumérica y espacial para el cargue de las bases de datos; obtener información ambiental, teniendo como soporte las bases de datos alfanuméricas y espaciales que la entidad ha desarrollado, para la generación de sistemas de indicadores ambientales; documentar la información espacial con el fin de facilitar el almacenamiento y la búsqueda de información ambiental; procesar digitalmente sensores remotos; georeferenciar las imágenes; clasificar la cobertura e interpretar en medio digital las imágenes de satélite y operar las redes de monitoreo de calidad y cantidad ambiental.
Realizar estudios, investigaciones, planes, programas y proyectos, relacionados con el ordenamiento territorial, manejo de cuencas hidrográficas, declaratoria de áreas protegidas de carácter local y regional y planificación ecorregional y formular y gestionar los planes de ordenación forestal de los bosques naturales de acuerdo con la normatividad vigente y de forma concertada con las comunidades asociadas a estos ecosistemas para garantizar su manejo sostenible.
Conforme a las competencias establecidas en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, son funciones de la misma:
Participar con los demás organismos y entes competentes en el ámbito de su jurisdicción en los procesos de planificación y ordenamiento territorial a fin de que el factor ambiental sea tenido en cuenta en las decisiones que se adopten.
Promover y realizar conjuntamente con los organismos nacionales adscritos al MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL, con las entidades de apoyo técnico y científico del Sistema Nacional Ambiental - SINA -, estudios e investigaciones en materia de medio ambiente y recursos naturales renovables.
Ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales.
Implantar y operar el Sistema de Información Ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las directrices trazadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Apoyar a los concejos municipales y a las asambleas departamentales en las funciones de planificación que les otorga la Constitución Nacional.
Coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo medio ambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes del Sistema Nacional Ambiental - SINA - en el área de su jurisdicción y en especial, asesorar a los municipios de su comprensión territorial en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por las distintas entidades territoriales.
Asesorar a las entidades territoriales en la elaboración de proyectos en materia ambiental que deban desarrollarse con recursos provenientes del Fondo Nacional de Regalías o con otros de destinación semejante.
Reservar y alinderar, en los términos y condiciones que fijen la ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento.
Sin perjuicio de las atribuciones de los municipios y distritos en relación con la zonificación y el uso del suelo, de conformidad por lo establecido en el artículo 313 numeral 7o. de la Constitución Nacional, establecer las normas generales y las densidades máximas a las que se sujetarán los propietarios de vivienda en áreas suburbanas y en cerros y montañas, de manera que se protejan el medio ambiente y los recursos naturales. No menos del 70% del área a desarrollar en dichos proyectos se destinará a la conservación de la vegetación nativa existente.
Subdirección De Evaluación Y Control Ambiental
Esta subdirección es la encargada de aplicar el ejercicio de la autoridad ambiental en el territorio de su jurisdicción a través del desarrollo de los trámites y/o servicios establecidos por la ley; desarrollar y aplicar estrategias de control y seguimiento a las actividades que afecten los recursos naturales; desarrollar operativos para prevenir y controlar el tráfico ilegal de fauna y flora; atender al usuario frente a las solicitudes que se presenten inherentes a la administración de los recursos naturales renovables; determinar y valorar las alteraciones del medio ambiente producidas por las actividades humanas que afectan y deterioran la calidad de los recursos naturales renovables en el entorno natural.
Conforme a las competencias establecidas en el artículo 31 de la Ley 99 de 1993, son funciones de la misma:
Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para aprovechamientos forestales, concesiones para el uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la caza y pesca deportiva;
Fijar en el área de su jurisdicción, los límites permisibles de emisión, descarga, transporte o depósito de sustancias, productos, compuestos o cualquier otra materia que puedan afectar el medio ambiente o los recursos naturales renovables y prohibir, restringir o regular la fabricación, distribución, uso, disposición o vertimiento de sustancias causantes de degradación ambiental. Estos límites, restricciones y regulaciones en ningún caso podrán ser menos estrictos que los definidos por el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE.
Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, uso y depósito de los recursos naturales no renovables, con exclusión de las competencias atribuidas al MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, así como de otras actividades, proyectos o factores que generen o puedan generar deterioro ambiental. Esta función comprende la expedición de la respectiva licencia ambiental. Las funciones a que se refiere este numeral serán ejercidas de acuerdo con el artículo 58 de la ley 99 de 1993.
Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las aguas en cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo sostenible de los recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos. Estas funciones comprenden la expedición de las respectivas licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y salvoconductos.
Ejercer el control de la movilización, procesamiento y comercialización de los recursos naturales renovables en coordinación con las demás Corporaciones Autónomas Regionales, las entidades territoriales y otras autoridades de policía, de conformidad con la ley y los reglamentos; y expedir los permisos, licencias y salvoconductos para la movilización de recursos naturales renovables.
Imponer y ejecutar a prevención y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las sanciones previstas en la ley, en caso de violación a las normas de protección ambiental y de manejo de recursos naturales renovables y exigir, con sujeción a las regulaciones pertinentes, la reparación de los daños causados.
Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables; actividad inmersa en todas y cada una de sus actuaciones.
Subdirección De Gestión Ambiental Rural
Es la encargada de planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos relacionados con acciones de fomento al uso y consumo sostenible de los recursos naturales, a fin de asegurar su potencialidad, conservación, preservación, mitigación y restauración, buscando responder a una visión integral de ecosistemas; intervenir para la protección y conservación de áreas de regulación hídrica; conocer y mejorar el estado y uso de la biodiversidad y de los elementos de soporte de la misma, orientado a la protección de los hábitats y de las especies de importancia económica y/o ecológica mediante la aplicación de estrategias y políticas vigentes del nivel nacional y regional; conocer el estado y las tendencias de uso de los recursos agua y suelo que sirvan de base para su preservación y recuperación; propender por la sostenibilidad del recurso suelo a través de alternativas que permitan su recuperación y/o restauración como estrategia para la rehabilitación ecosistémica y la prevención de desastres; construir y/o participar en cadenas de valor para el biocomercio de los recursos naturales renovables y el desempeño ambientalmente sostenible de las actividades económicas bajo el contexto de los mercados verdes y propender por la restauración, conservación y uso sostenible de los ecosistemas estratégicos de páramos y humedales.
Conforme a las competencias establecidas en el artículo 31 de la Ley 99 de 19993, son funciones de la misma en la zona rural del área de jurisdicción de la Corporación:
Administrar, bajo la tutela del MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, las áreas del Sistema de Parques Nacionales que ese Ministerio les delegue. Esta administración podrá hacerse con la participación de las entidades territoriales y de la sociedad civil.
Administrar en los términos y condiciones que fijen la ley y los reglamentos, los distritos de manejo integrado, los distritos de conservación de suelos, las reservas forestales y parques naturales de carácter regional, y reglamentar su uso y funcionamiento. Administrar las Reservas Forestales Nacionales en el área de su jurisdicción.
Promover y ejecutar obras de irrigación, avenamiento, defensa contra las inundaciones, regulación de cauces y corrientes de agua, y de recuperación de tierras que sean necesarias para la defensa, protección y adecuado manejo de las cuencas hidrográficas del territorio de su jurisdicción, en coordinación con los organismos directores y ejecutores del Sistema Nacional de Adecuación de Tierras, conforme a las disposiciones legales y a las previsiones técnicas correspondientes.
Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las entidades territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
Transferir la tecnología resultante de las investigaciones que adelanten las entidades de investigación científica y de apoyo técnico del nivel nacional que forman parte del Sistema Nacional Ambiental - SINA - y prestar asistencia técnica a entidades públicas y privadas y a los particulares, acerca del adecuado manejo de los recursos naturales renovables y la preservación del medio ambiente, en la forma que lo establezcan los reglamentos y de acuerdo con los lineamientos fijados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Promover y desarrollar la participación comunitaria en actividades y programas de protección ambiental, de desarrollo sostenible y de manejo adecuado de los recursos naturales renovables.
Subdirección De Recursos Físicos, Financieros Y Administrativos
Su función básica es la formulación, aplicación y evaluación de políticas y estrategias para el suministro efectivo de los recursos físicos, servicios básicos y de mantenimiento, sistemas, apoyo tecnológico y de información y recursos financieros, para el cumplimiento de la misión institucional.
Su función básica se atenderá a través de la gestión de: I) Recursos de Apoyo, II) Recursos Financieros y III) Sistemas y apoyo tecnológico y de información, de acuerdo con lo siguiente:
Recursos de apoyo: A fin de garantizar la adecuada y oportuna disposición de los recursos físicos y servicios para el normal funcionamiento de la Corporación, esta unidad debe planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos relacionados con la administración de los suministros, bienes y prestación de los servicios de aseo, vigilancia y seguridad, acondicionamiento y mantenimiento de los predios de propiedad de la CDMB, la planta física, equipos, parque automotor y servicios básicos, de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia, en su programación, selección, adquisición, recepción, almacenamiento, distribución, evaluación y control.
Recursos Financieros: Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos relacionados con la administración financiera, que coadyuven al equilibrio y sostenibilidad de las finanzas de la Corporación, de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia, en la programación, ejecución, registro, evaluación y control del presupuesto, de las transacciones financieras y manejo de los recursos financieros, a fin de garantizar su adecuada y oportuna disposición para el normal funcionamiento de la Corporación. Sus funciones, incluyen las siguientes, entre otras:
En conjunto con la oficina asesora de direccionamiento estratégico e Inteligencia competitiva, construir escenarios estratégicos mediante la formulación, operación y monitoreo de herramientas administrativas, financieras, de gestión y gerencia entre otras, que garanticen la sostenibilidad financiera de la Corporación.
Establecer el valor y garantizar el recaudo conforme a la ley de las contribuciones, tasas, derechos, tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables, fijar su monto en el territorio de su jurisdicción con base en las tarifas mínimas establecidas por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Imponer, distribuir y recaudar las contribuciones de valorización con que haya de gravarse la propiedad inmueble, por razón de la ejecución de obras públicas por parte de la corporación; fijar los demás derechos cuyo cobro pueda hacer conforme a la ley.
Igualmente adquirir bienes de propiedad privada y los patrimoniales de las entidades de derecho público y adelantar ante el juez competente la expropiación de bienes, una vez surtida la etapa de negociación directa, cuando ello sea necesario para el cumplimiento de las funciones de la Corporación o para la ejecución de obras o proyectos requeridos para el cumplimiento de las mismas, e imponer las servidumbres a que haya lugar, conforme a la ley.
Sistemas y Apoyo Tecnológico y de Información: Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos relacionados con la administración de los recursos informáticos y de información de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia, en su evaluación, diseño, implementación, capacitación y asesoría técnica a los usuarios de los diferentes software existentes y/o requerimientos que impliquen nuevos aplicativos, así como el soporte y administración de los recursos informáticos incluido el hardware, a fin de garantizar la adecuada y oportuna disposición de los mismos para la efectividad y eficiencia de los procedimientos según requerimientos y normal funcionamiento de la Corporación. Son funciones específicas de esta dependencia, entre otras:
Actualizar la infraestructura informática de la CDMB, así como planear, programar, organizar y evaluar la operación y el desempeño de las labores informáticas.
Desarrollar y operar los servicios de redes y sus telecomunicaciones asociadas (red local, Interlan, Internet, entre otros).
Diseñar y programar los sistemas informáticos y de cómputo y su correspondiente implantación, que requieran las diferentes dependencias de la entidad.
Controlar y supervisar la integración de proyectos y programas de desarrollo tecnológico en materia de telecomunicaciones e informática.
Planear la adquisición de herramientas y servicios teleinformáticos de punta, con el objeto de optimizar, agilizar los procesos de las diferentes áreas de la entidad y contar con las mejores prácticas en tecnologías informáticas en la administración pública.
Diagnosticar las necesidades en materia de informática que demandan los usuarios de la entidad, con el fin de precisar el tipo de recursos a adquirir que faciliten y soporten una infraestructura técnica de cómputo y además satisfagan las expectativas de los funcionarios, con el fin de que cumplan eficientemente con sus tareas asignadas.
Planear y programar oportunamente la entrega de herramientas de informática y servicios de desarrollo de sistemas que agilicen los procesos operativos y además optimicen el mantenimiento de los diversos sistemas de las herramientas existentes en la CDMB.
Propender por el buen funcionamiento de los equipos de cómputo, comunicaciones, servidores y aplicaciones de las diferentes áreas de la CDMB, a través de un eficaz soporte técnico y mantenimiento preventivo y correctivo.
Diseñar, desarrollar, implementar nuevos Sistemas Integrales que aseguren la óptima funcionalidad de los procesos de todas y cada una de las subdirecciones de la CDMB así como mantener las aplicaciones informáticas existentes.
Interconectar a todos los usuarios internos de la CDMB, a través de una eficiente red de datos y electrónica.
Ofrecer información en Internet a los clientes externos dando cumplimiento a directrices del Gobierno Nacional, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y las directivas de la CDMB.
Coordinar, organizar y servir de apoyo documental y bibliográfico a las investigaciones y estudios de la CDMB y suplir las necesidades de información ambiental de los usuarios tanto internos como externos.
Oficina de Control Interno
Asesorar a la Administración en la implementación del Sistema de Control Interno, mediante la aplicación de métodos, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación en: el cumplimiento de los planes, programas y proyectos del Sistema; la oportunidad y confiabilidad de la información y de los registros para la evaluación y seguimiento de la gestión institucional a través de indicadores; la identificación y adecuada administración de los posibles riesgos que afecten los recursos, la correcta ejecución, simplificación y actualización de las funciones orientadas al cumplimiento de los objetivos y de las actividades necesarias para el logro de los resultados deseados acorde a la Misión y Objetivos institucionales.
Así mismo asesorar al Director y a los responsables de las dependencias en la evaluación de la gestión en función de la estructura, procesos y resultados de la Corporación, mediante la planeación, organización, dirección, coordinación, evaluación y control del proceso relacionado con la implementación del Modelo Integrado de Gestión, fundamentado en información sistemática, objetiva y oportuna de medidas de efectividad y eficiencia suministrada por los responsables de área o generar las mismas, que permitan el análisis y evaluación de la gestión, orientar las acciones o efectuar los ajustes necesarios y hacer el seguimiento y evaluación de las acciones emprendidas para el cumplimiento y logro de los objetivos de la Corporación. En cumplimiento de la ley 87 de 1993, el rol a desarrollar por la oficina asesora de gestión y control interno se enmarcará en la valoración de riesgos, acompañar, asesorar, realizar evaluación y seguimiento, fomentar cultura de control y relación de la Corporación con entes de control.
Secretaría General
Le corresponde a la Secretaria General prestar asesoría jurídica en forma eficiente, eficaz y oportuna a la Dirección y a las diferentes dependencias de la Corporación que deban observar en cumplimiento de políticas, acciones y procedimientos en todas las actuaciones de la Corporación de conformidad a la constitución, la Ley y las normas vigentes que le son aplicables, mediante la realización de actividades orientadas a la investigación, recopilación, estudio, análisis, divulgación y capacitación a los funcionarios en temas de orden jurídico que contribuyen al mejoramiento de la gestión Institucional, los procedimientos y solución de asuntos jurídicos relacionados con el desarrollo de las funciones en defensa de los intereses de la Corporación y de representación en las actuaciones administrativas de la Corporación y en los procesos judiciales o extrajudiciales en que sea parte ya sea que se adelanten en su contra o en los que deba promover.
Así mismo garantizar en los términos establecidos en la Ley o normatividad vigente las actividades relacionadas con la asesoría y atención de consultas de carácter disciplinario, indagación preliminar o investigación disciplinaria que se adelanten contra servidores públicos de la Corporación, emisión de fallos de dichos procesos, las comunicaciones y notificaciones correspondientes y aseguramiento, custodia y archivo provisional o definitivo de los expedientes una vez dado por terminado el procedimiento disciplinario.
De igual forma asumirá las funciones en la formulación, aplicación y evaluación de políticas y estrategias relacionadas con la contribución efectiva de la gestión humana y Gestión de Documentos, incluido el manejo de la correspondencia de conformidad con las normas y procedimientos establecidos sobre el particular por la Corporación. En este sentido, las funciones a desarrollar en esta materia son:
Gestión de Talento Humano: Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar los procesos relacionados con la administración del talento humano de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia, en su selección, vinculación, inducción, administración de carrera administrativa en la Corporación, liquidación de nómina y prestaciones sociales, manejo actualizado de las hojas de vida, de desarrollo del talento humano, relaciones laborales y salud ocupacional en función de su bienestar y desempeño eficiente y eficaz del mismo y garantizar la adecuada y oportuna disposición del talento humano para el normal funcionamiento de la Corporación.
Gestión de Documentos: Garantizar la formulación de políticas, existencia y organización del archivo o patrimonio documental de la Corporación de acuerdo con las normas legales vigentes e institucionales y procedimientos establecidos en la Corporación en cuanto al mantenimiento, manejo, custodia, cuidado y su conservación.