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Determinantes

El término determinante, fue establecido por la Ley 388 de 1997, específicamente en su artículo 10, el cual prevé que los municipios y distritos en la elaboración y adopción de sus Planes de Ordenamiento Territorial -POT deberán tener en cuenta las “determinantes que constituyen normas de superior jerarquía en sus propios ámbitos de competencia” enumerándolas del 1 al 4, así:

  1. Las relacionadas con la conservación y protección ambiental, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales.
  2. Las políticas, directrices y regulaciones sobre conservación, preservación y uso de las áreas inmuebles consideradas como patrimonio cultural, histórico, artístico y arquitectónico de la Nación y los departamentos.
  3. El señalamiento y localización de infraestructuras básicas relativas a la red vial nacional y regional, puertos y aeropuertos, sistemas de abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de energía.
  4. Los componentes de ordenamiento territorial en los planes de desarrollo metropolitanos, en cuanto se refieran a hechos metropolitanos, así como objetivos  criterios definidos por las áreas metropolitanas.

Por tanto, los DETERMINANTES referidos en el numeral uno (1), es decir los relacionados con la conservación y protección ambiental, los recursos naturales y la prevención de amenazas y riesgos naturales, comprenden todas aquellas normas, directrices, políticas, regulaciones o disposiciones de carácter ambiental expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, en sus propios ámbitos de competencia.

En tanto se trata del ordenamiento espacial del territorio, las directrices y políticas que constituyen determinantes, las cuales deberán tener una expresión cartográfica a las escalas adecuadas para ser incorporadas en los POT y garantizar su eficacia.

Las determinantes ambientales por ser normas de superior jerarquía son de obligatorio cumplimiento y como tal, son objeto de concertación entre las autoridades ambientales y las administraciones municipales de su jurisdicción:

En cuanto a las determinantes ambientales específicas para la elaboración de los planes parciales sobre áreas de expansión urbana establecidas en los POTS para su desarrollo urbanístico, se deberá acoger a lo establecido en el Decreto único reglamentario sector vivienda y desarrollo territorial No. 1077 de 2015 parte 2, título 4, capítulo 1-Planes parciales, y a lo definido en las determinantes ambientales definidas por las autoridades ambientales autónomas.

A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN LAS DETERMINANTES AMBIENTALES VIGENTES EXPEDIDAS POR LA CDMB

Determinantes Ambientales para la Elaboración, Ajuste, Modificación y Adopción de Esquemas (EOT), Planes Básicos (PBOT) y Planes de Ordenamiento Territorial (POT) de los municipios del área de jurisdicción de la CDMB:

Resolución No.1688 del 23 de diciembre de 2019

Documento técnico determinantes ambientales 2019

Determinantes Ambientales para la formulación de Planes Parciales en los municipios de la jurisdicción de la CDMB:

Resolución 275 del 2 de abril de 2019

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Geodabase Determinantes Ambientales

 


 

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