Boletín de Prensa
“Un sitio de disposición de Residuos de Construcción y de Demolición - RCD y, una ladrillera, fueron objeto de la imposición de una medida preventiva de suspensión temporal de actividades, por no contar con los documentos que ampararan la legalidad de sus actividades y por los impactos ambientales negativos derivados de su funcionamiento.”
*Bucaramanga, 9 de diciembre de 2023.* Una escombrera y una ladrillera ubicadas en inmediaciones de la prolongación de la calle 105, vía que conecta con el Anillo Vial Metropolitano, que funcionan sin cumplimiento de los requisitos legales, les fue impuesta medida preventiva de suspensión temporal de actividades, en acciones de control desplegadas por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga - CDMB y la Policía Nacional, a quienes se les adelantará el respectivo proceso administrativo sancionatorio ambiental, de conformidad con lo establecido en la ley 1333 de 2009.
Durante el operativo, que fue dirigido por el Grupo Élite Ambiental - GEA- de la CDMB, se encontró que el área objeto de la inspección ocular, era utilizada para disponer residuos sólidos, así como también, Residuos de Construcción y Demolición, RCD, en un sitio que no se encuentra habilitado ni autorizado, técnica ni jurídicamente para la disposición del material evidenciado, encontrando a su vez, una actividad industrial de fabricación de ladrillos que, de acuerdo a lo observado y a la información obtenida en campo, tiene una producción aproximada de 40.000 ladrillos al mes.
Así lo informó Diego Armando Barajas Díaz, coordinador del Grupo Élite Ambiental -GEA - de la CDMB, quien manifestó que el sector objeto de la intervención de disposición de RCD y de otros residuos sólidos, se realiza aproximadamente en 2700 metros cuadrados, en zona de escarpa, categorizada como área de especial protección ambiental, al encontrarse declarada ante el SINAP, como Distrito Regional de Manejo Integrado, DRMI.
*Protegiendo el medio ambiente y la escarpa de Bucaramanga*
“El predio intervenido no cuenta con ningún documento que ampare la legalidad de las actividades que se realizaban en él, las cuales generaban afectación al suelo, la flora y a las fuentes hídricas del sector y, además, está conculcando la norma que rige el Distrito Regional de Manejo Integrado -DRMI- para este sector, que es zona de preservación ambiental”, explicó Barajas Díaz.
El operativo de control que se efectuó con el apoyo de la Policía Nacional, Grupo de Carabineros y de Protección Ambiental, atendiendo las instrucciones del director general de la CDMB, Juan Carlos Reyes Nova, con el fin de salvaguardar los recursos naturales y la escarpa de la meseta de Bucaramanga y su área metropolitana, tuvo como
resultado la suspensión temporal de actividades de explotación de yacimiento minero de material arcilloso, fabricación de ladrillos y de disposición de Residuos de Construcción y Demolición, toda vez que, del desarrollo de tales actividades, se deriva una situación de riesgo, un daño y/o peligro al medio ambiente y un incumplimiento a la normatividad ambiental vigente, al carecer de la documentación requerida para tales efectos.
“En el predio observamos que los escombros y demás residuos sólidos están afectando los drenajes naturales que discurren por el DRMI, asfixiando especies forestales nativas de la región, como lo es el caracolí, que reviste una gran importancia ambiental”, dijo el funcionario.
La CDMB ha efectuado múltiples visitas de control en el sector, advirtiendo a quienes realizan las intervenciones a los recursos naturales por la disposición de RCD y por la actividad de explotación de yacimiento minero y fabricación de ladrillos (sin contar con los documentos que amparen su legalidad), los riesgos administrativos y penales a los que se ven abocados, por la transgresión de la normatividad vigente que sobre el particular se suscita.
Finalmente, Diego Armando Barajas Díaz indicó que, “desde la CDMB estamos trabajando para que esta zona sea destinada exclusivamente como área de conservación y protección ambiental y no, para que se hagan actividades que están prohibidas y proscritas por la ley”.